El Derecho a la Ciudad, es algo etéreo. Aún nadie ha podido definirlo con exactitud y depende, en muchos grados, de las interpretaciones de aquellos que pretenden, o aseguran haber podido, acercarse a lo que la ciudadanía y la ciudad representan en conjunto.
Teorizar sobre este, por lo tanto, es algo a lo que no me aventuro, dada la complejidad inherente al concepto mismo.
Sin embargo, puedo recopilar muchas de mis opiniones sobre ciudadanía, ciudad y comunidad para intentar, por lo menos, realizar una aproximación a lo que, para mi, sería el derecho a la ciudad.
Ciudadanía, como ya dije, es comunión, homogeneidad no solo legal, sino cultural e ideológica; casi compañerismo. Cualidad no dada a todos, pero tampoco negada bajo estrictas condiciones. Es derecho, pero también obligación. Es cooptación, peor manteniendo sentido de pertenencia otorgado a solo ciertos grupos.
Ciudad, por su parte, es no solo espacio territorial de interacciones sociales, culturales y políticas. Es también vida misma, es nido de ideas, de personalidades y de fuertes uniones y lazos entre diversos actores.
Como lo dije en la entrada sobre el Texto de Tepito, ciudadanía es mucho. Es algo muy grande. Y si, sigo defendiéndolo, los tepiteños son, a su modo, ciudadanos.
Y quizás esta relación parezca a simple vista algo absurda, dado que lo que se está tratando es derecho a la ciudad. Pero ahí es donde entra el debate. ¿La ciudadanía te da Derecho a la Ciudad, o es el Derecho a la Ciudad el que te otorga el status de ciudadano?
El Derecho a la Ciudad es ese derecho que no se tiene por inercia, sino que se obtiene a través de las muy mínimas y variadas acciones de una persona dentro de una ciudad; es ese estatus que te regalan tus acciones, que te da la facilidad necesaria para ser ciudadano y hacer todo aquello que esa condición te representa.
Y quizás me adelanté un poco y me contradije al definir Derecho a la Ciudad, pero es a lo que las conclusiones mismas llevan. Por lo tanto, me aventuraré a dar una síntesis formulando un concepto, que si bien estoy consciente carecerá de validez e incluso podrá ser atacado y refutado, no es mas que la opinión de el que escribe.
Derecho a la Ciudad, dentro de la categoría de derechos que no se tienen, sino que se ganan, es aquel que te permite ser ciudadano; aquel que te otorga todo lo que necesitas para ser parte del conjunto social de la ciudad; ese que te puede dar tanto protección como vivienda; que crea y reafirma lazos de comunidad pero mantiene un status que no se alcanza sólo por desearlo; aquel que permite ser iguales a los que merecen ser iguales; que no es inclusivo, pero tampoco está cerrado o es difícil accesar a él.
Para mí, eso es derecho a la ciudad. Pero entonces ¿Todos tienen Derecho a la Ciudad? Ese, tal vez, debería ser el verdadero debate.
No hay comentarios:
Publicar un comentario